La Ley 1780 de 2016 fue expedida con el objeto de promover la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad, eliminando las barreras de acceso al mercado de trabajo que impiden mejorar sus condiciones de vida y la de sus familias, e impulsando herramientas para el diseño y la ejecución de políticas de empleo y emprendimiento.
Esta ley establece la exención del pago de la matrícula mercantil y su primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes que formalicen sus actividades comerciales ante el registro mercantil.
Para los efectos de esta Ley se entiende por pequeña empresa joven las personas naturales que tengan hasta 35 años y en el caso de las personas jurídicas, deben tener participación de uno o varios jóvenes menores de 35 años, que represente como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones en que se divide el capital.
Para conservar el beneficio y renovar oportunamente debe adjuntar a su solicitud los siguientes documentos:
• Relación de trabajadores vinculados directamente a la empresa si los tuviere, indicando su nombre e identificación.
• Declaración en la cual acredita que ha realizado los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás aportes de nómina en caso de estar obligado a ello y que ha cumplido oportunamente sus obligaciones
tributarias.
• Copia de los Estados Financieros, debidamente firmados por el contador o el revisor fiscal a corte del 31 de diciembre de 2025.
• Certificación expedida por el representante legal y/o el revisor fiscal, en la cual acredita que el socio o socios que tengan entre 18 y 35 años representa(n) como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones de su capital. En el caso de ser persona jurídica.
• Fotocopia del documento de identificación de los socios o
accionistas, en el evento que sean distintos a los reportados en el documento de constitución de la sociedad.
El aporte de los anteriores documentos al momento de
solicitar su renovación es indispensable para conservar su beneficio y evitar el cobro de la tarifa de su primer año de renovación.