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REQUERIMIENTO LEY 1727 DE 2014 PARA PERSONAS NATURALES

Estimado empresario:

Atendiendo lo dispuesto en el artículo 31 la ley 1727 de 2014, por medio de la cual se ordena la depuración de los Registros Públicos incorporados en el Registro Único Empresarial y Social – RUES a quienes no han cumplido con la obligación de renovar la matrícula mercantil, en el lapso de los últimos cuatro (4) años.

Para subsanar esta circunstancia, la ley ha previsto un plazo hasta el 31 de marzo de 2023 para efecto de renovar la matrícula y ponerse al día con el cumplimiento de este deber. Una vez vencido este plazo sin que haya cumplido con dicha obligación lamentablemente su matrícula será cancelada.

 

Con esta comunicación queremos invitarlo a ponerse al día con la renovación de la matrícula mercantil y evitar de esta manera la cancelación de la misma y continuar apoyando la formalización de las actividades empresariales en Colombia.

 

Con la renovación oportuna de la matrícula usted podrá acceder, a los programas y beneficios que la Cámara de Comercio tiene dispuestos para los empresarios, según la información publicada en la página web.

 

 

Para más Información

Jersson Ospina Pérez
registro@camaracartago.org

(602) 217 9912 Ext. 123

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