Las Entidades de la Economía Solidaria son organizaciones sin Ánimo de Lucro que nacen o se constituyen por la voluntad de varias personas, con la finalidad de desarrollar actividades de cooperativismo, ayuda mutua, solidaridad y autogestión entre sus mismos asociados; igualmente, son caracterizadas por llevar a cabo procesos democráticos y participativos, en procura del beneficio particular y general.
La Inscripción en el Registro de Entidades de la Economía Solidaria debe renovarse en el mismo término del Registro Mercantil, esto es, dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin que para ello se tenga en cuenta la fecha de inscripción inicial de la entidad, salvo que esta se realice dentro del periodo antes previsto, caso en el cual, la renovación se presentará en el año inmediatamente siguiente.
Solicitar la renovación en cualquier sede física de la Cámara de Comercio de Cartago o a través del portal de TRÁMITES EN LÍNEA dispuesto por la entidad cameral.
Disponer la información actualizada de la entidad en lo que respecta a: (ubicación, notificación, actividades, entre otras), a través del FORMULARIO RUES.
Otros Costos:
– Costos constitución:
Derechos de inscripción $ 48.000
Impuesto de registro de la Gobernación del Valle (De acuerdo al patrimonio)
Formularios: $6.500
Inscripción libros de asociados y actas: $ 58.800
Certificado de existencia y representación legal: $ 6.500
Certificado de libros $ 6.500
– Costo nombramientos (órganos de administración, representación legal y revisoría fiscal), reformas sin cuantía y disolución:
Derechos de Inscripción $ 48.000
Impuesto de registro de la Gobernación del Valle y estampillas: $ 136.632
– Costo reformas con cuantía y liquidación:
Derechos de inscripción $ 48.000
Impuesto de registro de la Gobernación del Valle (De acuerdo a la diferencia del patrimonio a aumentar en el caso de reforma y en la liquidación de acuerdo al patrimonio de la cuenta final de liquidación)
*El tiempo de respuesta por parte de la Cámara de Comercio de Cartago son dos días hábiles posteriores al día de radicación del trámite.*